¿Existe alguna ventaja fiscal?

Los Fondos de Inversión disfrutan de una serie de ventajas fiscales:

  • No tributas si eres persona física y residente en España mientras no realices reembolso de las participaciones, es decir mientras no vendas el fondo para recuperar el importe invertido.
  • Puedes hacer traspasos entre fondos, ya sean internos (dentro del mismo Banco) o externos
    (de una entidad a otra), sin comisiones.
  • Si reembolsas tus participaciones, las rentas generadas se declaran como ganancias o pérdidas patrimoniales. Por eso, con carácter general la tributación es la siguiente:
  • Si ha generado pérdidas: podrás compensarlas con ganancias producidas de otras inversiones realizadas.
  • Si ha generado ganancias: se integraran en tu base imponible del ahorro en función del importe según los siguientes valores:
    • 19% sobre los primeros 6.000€.
    • 21% entre 6.000,01€ y 50.000€.
    • 23% sobre el exceso a partir de 50.000€.

Estas condiciones de tributación están sujetas a modificaciones del cambio de normativa aplicable.  

Consulta las novedades fiscales en el buscador de la AEAT.