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¿CUÁNDO HAY QUE HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA POR PRIMERA VEZ?

 

Ya estamos en periodo de campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2021. Concretamente, desde el miércoles 6 de abril está abierto el plazo para cumplir con nuestras obligaciones tributarias. El último día para presentarla será el jueves 30 de junio. Puede que si es la primera vez, sientas algo de respeto o tengas dudas sobre cómo proceder, incluso que no tengas claro si estás obligado a hacerla. Pero, tranquilo, porque en este post te vamos a explicar todo lo que necesitas saber para hacer la declaración de la renta por primera vez. Aunque los nervios hagan acto de presencia cuando llega este momento, verás que es un trámite más sencillo de lo que parece. ¿Es la primera vez que presentas la declaración de la renta? Relax… te contamos qué pasos debes seguir, qué documentos vas a necesitar y qué vías tienes para presentarla.

 

¿Tengo obligación de presentar la renta?

 

Para empezar, es más que probable que tu primera duda llegue cuando escuches hablar de la renta 2021, estando en 2022. Bueno, igual no, pero le pasa a más de uno. Pues bien, simplemente se hace referencia a 2021 porque la declaración de la renta recoge los datos correspondientes al IRPF del ejercicio fiscal anterior. Si, en función de tus ganancias, has pagado menos IRPF por tu actividad económica, la Renta te saldrá a pagar. Por el contrario, si el año pasado te han retenido más IRPF de la cuenta en tu nómina, te saldrá a devolver. Así, muy resumido, es como funciona.

 

Entonces, ¿cómo sé si estoy obligado a presentarla? Bueno, en realidad, este es el primer paso: saber si estás obligado o no a cumplir con Hacienda teniendo en cuenta los ingresos obtenidos. Aunque debes saber que, como norma general, estamos obligados a presentarla todos los contribuyentes residentes en España. Sin embargo, la Ley General Tributaria contempla algunos supuestos y rendimientos mínimos por las que determinadas personas físicas quedan exentas de hacer la declaración. Tu obligación es informarte bien respecto a la obligatoriedad o no de cumplir con el fisco. Ya sabes, ignorar la ley no exime de su cumplimiento. Por tanto, aquí no hay excusas: pregunta en la Agencia Tributaria o alguien experto para evitar sanciones económicas futuras.

 

Eso sí, nosotros te explicamos brevemente cuáles son los mínimos por los que un contribuyente quedaría exento. Por un lado, en lo referente a lo contemplado como rendimientos del trabajo. En este sentido, los trabajadores por cuenta ajena que no superen los 22.000€ de un único pagador, no estarían obligados a hacer la renta. Si existen dos o más pagadores, el límite baja hasta los 14.000€ (siempre que se perciba un mínimo de 1.500€ del resto de pagadores). En cuanto a rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales (beneficios obtenidos en distintas inversiones), el límite es de 1.600€ al año. Por último, si has recibido subvenciones o ayudas públicas, quedarías exonerado de esta obligación únicamente si no superan los 1.000€.

 

Cómo hacer la declaración de la renta por primera vez

 

Parece que a todos nos resulta un trauma hacer la declaración de la renta por primera vez, pero verás que no es tan complicado. De hecho, existen tres vías para presentarla. Por un lado, podemos optar por la vía convencional, es decir, hacerlo presencialmente. Debes saber que esta opción es la más tardía en el calendario tributario, ya que el plazo se abre el 26 de mayo. Lo primero, imprescindible, pedir cita previa. Cuando llegue el día, acudirás a la delegación de Hacienda que te corresponda y contarás con la asistencia de un técnico de la Administración Tributaria.

 

Otra opción es la vía telefónica. Para ello, hay que llamar a uno de estos teléfonos 901 12 12 24, 901 22 33 44 o 91 553 0071, dejamos nuestros datos y un agente nos llama de vuelta. Un método muy cómodo al que podemos acceder a partir del día 3 de mayo.

 

En pleno s. XXI y estas alturas de curso, la mayoría de los contribuyentes opta por la vía telemática para presentar la declaración. La renta online es, sin duda, la forma más sencilla y ágil de cumplir con nuestras obligaciones con la Agencia Tributaria. Desde el mismo día 6 de abril podemos solicitar el borrador y hacer la declaración de la renta por primera vez en internet. Tan solo hay que acceder al portal web de Hacienda, cumplimentar el borrador, revisarlo y, si estamos de acuerdo, confirmarlo.

 

Para hacer la renta por internet, tenemos que tramitar el borrador a través de la sede electrónica de la AEAT o de su app. Aquí, deberemos identificarnos bien con certificado digital, DNI electrónico o a través del sistema Cl@ve. Si no disponemos de ninguno de estos tres métodos, podemos obtener un número de referencia para acceder. Tras habernos identificado, ya tenemos acceso al borrador donde es fácil e intuitivo cumplimentarlo y finalizar el trámite.


Aunque todo parezca muy lioso, hoy en día es realmente fácil presentar la declaración de la renta, especialmente, si lo hacemos por internet. Así que, ya sabes, infórmate si estás obligado o no a presentarla en tu caso y lánzate a cumplir el trámite cuanto antes. Pero siempre revisa bien tus datos fiscales antes de hacerlo, ya que la Agencia Tributaria puede tener datos erróneos tuyos. No olvides revisar las deducciones a las que puedas acogerte a nivel estatal y autonómico. Y, aunque no estés obligado a declarar, siempre es buena idea solicitar el borrador, ya que podría salirnos a devolver.

 

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