
¿QUÉ SEGUROS SON OBLIGATORIOS EN LA CONTRATACIÓN DE UNA HIPOTECA?
El único seguro que es obligatorio contratar por ley y tener vigente durante la vida de la hipoteca, es el seguro de daños. Además de este hay otras opciones a tener en cuenta:
Seguro de daños:
Un seguro de daños es un contrato mediante el cual una compañía de seguros garantiza el pago de una indemnización en caso de que el asegurado sufra una pérdida o daño material a un bien asegurado como, por ejemplo, una vivienda o propiedad. El objetivo es proteger al asegurado de los costes económicos asociados a dichos daños.
Seguro de hogar:
Es un tipo de seguro que ofrece protección contra daños a la vivienda y sus contenidos, como consecuencia de acontecimientos como incendios, inundaciones o robos, entre otros. Este seguro también puede incluir responsabilidad civil para el titular de la vivienda en caso de que cause daños a terceros o a sus propiedades.
Al contratar un seguro de hogar, el asegurado paga una prima y, en caso de sufrir una pérdida de las contempladas, la compañía de seguros se encarga de indemnizarle por los daños sufridos. Esto ayuda a proteger a las personas y sus propiedades de los costes asociados con los daños o las pérdidas.
Seguro de vida:
Un seguro de vida es un tipo de seguro que se utiliza para proporcionar una seguridad económica a los familiares en caso de muerte, y puede ser utilizado para cubrir gastos como funerarias, deudas, y para proporcionar una seguridad financiera a largo plazo.
El coste de un seguro de vida varía en función de factores como la edad, el estado de salud, y la cantidad de cobertura solicitada.
¿Cómo repercuten los seguros en las bonificaciones de tu hipoteca?
Las bonificaciones son descuentos o reducciones en el tipo de interés aplicado en el préstamo hipotecario.